Evaluación de proyectos TIC
Mediante Decreto Ejecutivo No. 981, emitido el 28 de enero de 2020, publicado en el Registro Oficial 143 el 14 de febrero de 2020, en su Disposición General Segunda, establece que, “Las autoridades, funcionarios y servidores públicos que en el ejercicio de sus funciones suscriban documentos, deberán contar obligatoriamente, a su costo, con un certificado de firma electrónica para persona natural válido de acuerdo con la normativa que el Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información emita para el efecto.
Todo documento que atribuya responsabilidad de elaboración, revisión, aprobación, emisión y/o certificación, deberá ser firmado electrónicamente. Las autoridades, funcionarios y servidores públicos que se nieguen a aceptar documentos firmados electrónicamente, validados en el sistema oficial, serán sancionados conforme a la normativa vigente.”
Por lo expuesto, todos los documentos que sean enviados mediante el sistema CTI para la “Evaluación de Viabilidad
Técnica” deben ser firmados electrónicamente, pero debido a la emergencia del país, en caso de no disponer firma electrónica pueden remitir la documentación con firmas manuales que sean escaneadas, considerando que la institución es la responsable del proceso interno para consolidar las mismas y de remitir la documentación con todas las firmas de responsabilidad.
No se aceptará documentos con firmas mixtas es decir: documentos con firmas escaneadas y otros con firma electrónica (deben ser todos los documentos firmados manualmente y escaneados o toda la documentación con firma electrónica).
NOTA: Para postular el proyecto no es necesario subir la documentación con firmas de respaldo.
